Todo autónomo y empresa con empleados contratados está en la obligación de cumplir con la normativa de prevención de riesgos laborales. Incluso los autónomos sin empleados a su cargo se ven afectado por la coordinación de actividades empresariales cuando colaboran de manera conjunta con otros proveedores sobre un mismo proyecto. Esta normativa (Ley 31/1995, 8 de Noviembre) entró en vigor en 1995 y su finalidad en evitar accidentes laborales y enfermedades laborales.
El empresario es el responsable de proteger a los trabajadores de los posibles riesgos a los que está expuesto durante el desarrollo de su trabajo y para ello deben de tomarse todas las medidas necesarias.
¿Cuáles son las obligaciones en materia de riesgos laborales?
nHemos hablado con Lliteras & Cia, una gestoría de Barcelona, para poder conocer de cerca las condiciones a las que esta normativa de prevención obliga a aplicar a empresas y autónomos.
Protección eficaz para los trabajadores
nObligación de tomar las medidas pertinentes frente a cualquier riesgos de accidente laboral, lo que incluye formación, derecho a información y consulta y posibilidad de participación activa en materia preventiva de los trabajadores.
Evaluación preventiva de cada puesto
nCada puesto de trabajo desempeña una función y por lo tanto cada categoría de empleado se expone a diferentes riesgos. Debe evaluarse el posible daño que cada uno de ellos pueda sufrir en cada una de sus actividades laborales, sin importar el rango.
Adoptar medidas adecuadas
nEs responsabilidad de la empresa y del empleados dotar a los trabajadores de los recursos necesarios para que el trabajo pueda realizarse de forma eficiente, pero también segura.
Informar
nTodo trabajador debe conocer cuáles son los riesgos a los que se expone, qué buenas prácticas debe aplicar, cuál es el método y el protocolo de actuación para cada caso y conocer el respaldo y responsabilidad de la empresa en caso de accidente o enfermedad motivada por el trabajo. Dicha formación, deberá estar centrada en el puesto de trabajo o función que el trabajador o trabajadores deberán desempeñar.
Medidas y plan de emergencia
nnEl plan y protocolos de emergencia en caso de accidentes deben ajustarse a la actividad de la empresa y a su tamaño, tanto en número de empleados que conforma la plantilla como en extensión del negocio. Este plan de actuación también incluye a las personas ajenas a la empresa y a dicha actividad que pueden verse expuestas a tales riesgos de los que la empresa es responsable. En cualquier caso, en situación de peligro grave o inminente e inevitable, todos los trabajadores deben conocer el protocolo a seguir.