¿Qué se debe hacer para revisar las instalaciones de gas, calefacción, calderas, calentadores o aire acondicionado?
En diferentes normativas reglamentos y en las disposiciones estatales está plasmado todo en cuanto a la regulación e instalación de gas, calderas, calentadores, calefacción, y el aire acondicionado y a veces se torna un poco complicado poder saber cada cierto tiempo hay que revisar las instalaciones.
Las revisiones de cada uno de los equipos son realizados por diferentes agentes, por lo cual son diferentes los plazos y desde luego diferente la normativa que se encarga de regularla. Esto puede causar cierta confusión en los usuarios, obteniendo como resultado que muchos equipos e instalaciones no presenten revisión ni mantenimiento.
¿Cada cuánto tiempo debemos chequear las instalaciones de gas, calefacción, calderas, calentadores o aire acondicionado?
Es por eso que Asefosam quiere hacer más fácil y llevadero las operaciones de revisión a las empresas instaladoras y a todos los usuarios, facilitando las operaciones que deben ejecutarse en instalaciones y aparatos se ha elaborado una tabla donde se muestra un resumen de lo que debe ejecutarse, los plazos a seguir y los agentes que están encargados de ellos. Dicha tabla hace referencia solo a las instalaciones individuales de uso doméstico, pero resuelve ciertas dudas acerca de lo que se debe realizar en aparatos e instalaciones.
De la misma manera, se ha presentado por separado las operaciones que se deben realizar en las instalaciones de gas (para que el gas sea canalizado en depósitos y botellas) y las operaciones que se deben realizar en equipos (sean en calderas, calentadores y aire acondicionado)
Resumen del cuadro
Gas canalizado: Requiere inspección y no necesita de revisión. El mantenimiento recae en el usuario, se recomienda uno por año.
Gas en bombona depósito (butano o propano): no requiere inspección. Si necesita revisión. Mantenimiento recae en el usuario, se recomienda uno por año.
Caldera individual mural de gas: no requiere inspección ni revisión, pero necesita mantenimiento cada 2 años.
Calderas de pieindividual de gas: no necesita inspección ni revisión, pero si necesita mantenimiento cada año.
Caldera individual de electricidad, carbón, biomasa y gasoil: no necesita inspección ni revisión, pero si necesita mantenimiento cada año.
Calentadores a gas: no necesitan inspección ni revisión, pero si necesita mantenimiento cada 5 años si conservan una potencia igual o menor a 24,4 KW y cada 2 años si es superior 24,4 KW.
Aire acondicionado: no requiere de inspección ni revisión, pero si necesita mantenimiento por parte de la empresa mantenedora térmica, su mantenimiento cada 4 años si su potencia es igual o inferior a 12 KW y cada dos años si es superior si es superior a 12 Kw.