Llega Silice, el nuevo sistema de reporte online de los impuestos especiales, según SERES



El próximo 1 de enero de 2020 entrará en vigor el reglamento del Suministro Inmediato de Libros de Información Contable de Impuestos Especiales, SILICIE, y, partir de esa fecha, todas las empresas obligadas al pago de Impuestos Especiales (IIEE) deberán presentar sus libros contables en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). El funcionamiento del Sistema es muy similar al del Suministro Inmediato de Información, SII, que ya puso en funcionamiento la AEAT en julio de 2017.

Los impuestos especiales afectan a actividades como la fabricación, depósito o almacenamiento de productos como la cerveza, el vino y bebidas fermentadas, el alcohol y las bebidas derivadas, los hidrocarburos, el tabaco, el carbón, la electricidad, la matriculación de vehículos...

La nueva normativa, contemplada en el Real Decreto 1512/2018, que modificaba el Reglamento de los Impuestos Especiales del Real Decreto 1165/1995, obliga a las empresas sujetas al pago de IIEE a realizar la declaración, en un formato electrónico, de los procesos, movimientos y existencias de los productos objeto de los Impuestos Especiales y, en caso necesario, de las materias primas dedicadas a la obtención de dichos productos. El nuevo sistema permitirá a la AEAT disponer de un registro de información contable en tiempo casi real, que exigirá un mayor rigor en el método de registro de las operaciones de las empresas.

A partir del próximo 1 de enero, las empresas afectadas deberán presentar los asientos de sus libros contables de forma electrónica. La información y datos a presentar serán distintos en función del impuesto a declarar. Así, el Impuesto sobre el Alcohol y las Bebidas Alcohólicas, agrupa el impuesto sobre la cerveza, el impuesto sobre el vino y las bebidas fermentadas y el impuesto sobre productos intermedios. A él se añaden el Impuesto sobre las Labores del Tabaco, el de Establecimientos que almacenen y comercialicen productos afectados por Impuestos de bebidas alcohólicas y Labores del Tabaco y el Impuesto sobre hidrocarburos.

Con la puesta en marcha de SILICIE, las empresas afectadas ya no tendrán que presentar diferentes modelos a la AEAT. Así, las empresas del sector de los hidrocarburos no tendrán que volver a presentar el modelo 570 de Declaración de Operaciones respecto a hidrocarburos. Por su parte, los fabricantes de productos alcohólicos estarán exentos de presentar el modelo 553 de Declaración de operaciones en fábricas y depósitos de vino y bebidas fermentadas y el modelo 548 de Declaración informativa de cuotas repercutidas.

Dos maneras de enviar la información
La norma establece dos formas para enviar los registros de los libros contables a la AEAT. La primera, y la más recomendable para empresas con pocos asientos, directamente en la Sede Electrónica, registrando las operaciones directamente a través de la cumplimentación de un formulario. A través de estos formularios, se podrán dar de alta los asientos contables y también se podrán anular. Los asientos contables no podrán ser modificados. En caso de error, se procederá a realizar una anulación del mismo mediante un contra asiento.

La segunda opción, la más recomendable cuando el volumen de asientos es mayor, contempla la posibilidad de utilizar los sistemas contables en soporte informático que dispongan los titulares de establecimientos. Las empresas podrán importar sus propios ficheros o bien enviarlos a través de un sistema de servicio web. Además, los terceros que actúen como representantes de los sujetos obligados podrán realizar el registro de los asientos contables a través de un formulario web presente en la página de la AEAT.

Cambios en la facturación
SILICIE implicará la reforma y adaptación de los mecanismos de facturación de estas empresas. “Las empresas que ya estén utilizando la Factura Electrónica, lo tendrán más fácil –indica Alberto Redondo, director de Marketing de SERES para Iberia y Latam–, puesto que será un gran aliado para cumplir con los nuevos requisitos tributarios debido a la necesidad de inmediatez en la respuesta y la cantidad de información a suministrar”.

Fuente Comunicae

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